El alquiler como vivienda permanente, temporal o vacacional: tres opciones para la nueva ley de vivienda

Se espera que la implementación del proyecto de ley sobre el derecho a la vivienda elaborado por el gobierno y sus socios, que pretende solucionar los problemas de accesibilidad a la vivienda en España, se prolongue, y el sector no espera un proyecto de ley definitivo antes de la segunda mitad de 2022 o incluso hasta 2023.

Sin embargo, «los sistemas de control de rentas anunciados bajo el concepto de ‘zonas residenciales sobrecargadas’ ya han comenzado a generar decisiones tanto por parte de los propietarios como de los inquilinos», dijo Jesús Duque, vicepresidente de la red de corredores de Alfa Inmobiliaria, que incluye más de 225 agencias (125 de ellas en España y otras 100 a nivel internacional).

Este concepto incluye tres medidas principales: la prórroga forzosa de las rentas en tres años, de manera que a los 5 o 7 iniciales se suman tres años más, según el propietario sea persona física o empresa, y la posible prórroga de tres años , además de una posible prórroga tácita del contrato. La segunda medida importante es la congelación del precio de alquiler del contrato. El arrendador sólo podrá incrementar el precio en un máximo del 10% si la vivienda ha sido reformada o si el contrato se ha firmado por más de 10 años. En tercer y último lugar, el alquiler se limita al índice de precios de referencia para grandes inquilinos.

“Medidas similares ya se han tomado en otras ciudades como Berlín, Nueva York, San Francisco, Toronto, etc., donde no se ha podido solucionar el problema de la vivienda y la situación podría complicarse aún más, ya que muchos propietarios ya están considerando vender sus viviendas por miedo al intervencionismo estatal y aprovechando la subida de precios que ha vivido el sector, y muchos otros inversores buscan otros destinos para sus iniciativas”, añade.

Estas son las conclusiones:

Alquileres turísticos: en ningún caso son válidos para todos los casos.

En los destinos más populares y en zonas muy concretas de estos lugares, este tipo de alquiler puede ser la solución más rentable. Sin embargo, tras el estallido de la pandemia, este tipo de alquiler no representaba más del 2% del total de inmuebles en alquiler.

Aunque este tipo de contrato está excluido de la nueva Ley de Vivienda, los inconvenientes asociados a la gestión de un inmueble en alquiler turístico han desanimado a la mayoría de propietarios de este modelo. La gestión de un inmueble bajo este régimen requiere una licencia turística aprobada por la Comunidad Autónoma, que exige el cumplimiento de determinados requisitos, que van desde los aspectos urbanísticos que debe cumplir el inmueble (ej. acceso directo desde la vía pública), hasta el equipamiento ( aire acondicionado, wifi, etc.), a los servicios ofrecidos (información turística de la zona, disponibilidad de hoja de reclamaciones), aprobación de la comunidad de propietarios, etc.

Pero también hay que saber recibir y atender de forma continuada a los clientes, gestionar la limpieza del inmueble, tener presencia activa en determinadas plataformas de Internet… Una serie de cuestiones que requieren tiempo y dinero, concluye Duque, por eso la transición del alojamiento convencional a la modalidad turística no se está dando.

Los alquileres temporales o de mes a mes son una forma de obtener ingresos adicionales y continuar usando la propiedad.

Si nada cambia, este segmento también quedaría excluido de las medidas propuestas en la nueva regulación, ya que el alquiler temporal entra en la categoría de usos distintos al residencial. “Este contrato está diseñado para cubrir la necesidad del arrendatario de vivienda no permanente, pero también cuando existan motivos como el trabajo o la formación”, afirma Duque. Por tanto, quienes opten por este tipo de contrato deberán elegir un arrendatario que resida en la ciudad por alguno de estos dos motivos, ya que la tipología de este contrato establece este requisito, entre otros.

En este caso, el documento firmado debe especificar el motivo de la duración del contrato y el lugar de residencia habitual del arrendatario, que debe ser diferente al apartamento alquilado. Si se cumplen estas condiciones, el contrato de arrendamiento se puede extender de unos pocos meses a varios años.

Este tipo de contrato también ofrece la ventaja de que las rentas en este caso suelen ser más altas que en los alquileres a largo plazo. “Otra ventaja es que muchos turistas extranjeros o jubilados están dispuestos a pagar un alquiler elevado durante los meses de invierno, cuando los españoles no están tan interesados ​​en utilizar una casa o apartamento en la costa española, para poder visitar a familiares y amigos en sus países de origen. durante los meses de verano, cuando hace más calor en el

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